andronicko
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Buenísima aclaración. Lo haré al renovar el año.En el caso del aval, el avalista solamente responde una vez que se han acabado los bienes del deudor principal. Esto se llama beneficio de excusión. No puede ser directamente demandado, al igual que en la fianza.
La solidaridad pasiva, es una garantía, por la cual el codeudor pone su patrimonio para responder por la deuda del deudor principal. Puede ser demandado directamente o conjuntamente con el deudor ppal.
Eso en términos muy muy escuetos.
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