Tributaria Duda con emisión de boletas segunda categoría

Carruña

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26 Enero 2006
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Hace tiempo que boleteo en segunda categoría y como siempre le hice trabajos a una empresa responsable, jamas he tenido problemas con que ellos paguen el impuesto. Pero ahora me veo en la necesidad de boletear a otras empresas y personas y tengo dudas varias.

Tengo entendido que las empresas fiscales, personas jurídicas, municipalidades, empresas y o personas que tributen en primera categoría están obligadas por ley a retener y pagar ellos el 10% ¿Y que pasa si no pagan? ¿El SII me cuelga a mi o a ellos?. Digo una municipalidad supongo que paga, pero cualquier tipejo que tenga primera categoría, me deja dudas, hay mucho irresponsable por ahí

Según el SII solo las instituciones y personas mencionadas están obligadas a retener el 10% y pagarlo ellos.¿y que pasa por ejemplo con los hospitales, ministerio de educación? ¿También entran ahí?

No se si se entiende o está mas enredado que cumpleaños de pulpo, pero básicamente mi duda es quien esta obligado a retener el 10% y a quien le puedo decir que mejor pago yo el impuesto y me ahorro problemas.
 

CSP

Pro
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25 Julio 2019
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Mm con tanta reforma no se si aun da la posibilidad de retener uno el 10% y pagarlo. Has la prueba emitiendo una boleta ( antes de hacerla legal deberia darte la opcion de retencion).

Si el tercero no paga la retencion el SII observara a ambos, a ti porque existe una Observación que no han pagado el impuesto de retención por lo que debes comunicarte con este y al otro por no pagar lo correspondiente. En ningun caso te multaran a ti, solo que para tu devolucion de impuestos (si aplica) podrian dejarlo pendiente. Nunca me ha pasado pues recuerdo que tuve casos que terceros no habian pagado esa retencion y luego de comunicarme lo solucionaron y me llego la devolucion. Pero esto hace muuuuchos años.

Lo mejor llama a la mesa de ayuda del SII. Están bien capacitados y responden tus dudas rapidamente.
 

Cosme

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27 Febrero 2005
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Cuando uno emite la boleta, el emisor indica quien pagará el impuesto.

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Dark Zeppelin

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21 Mayo 2006
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H..........................
Tengo entendido que las empresas fiscales, personas jurídicas, municipalidades, empresas y o personas que tributen en primera categoría están obligadas por ley a retener y pagar ellos el 10% ¿Y que pasa si no pagan? ¿El SII me cuelga a mi o a ellos?. Digo una municipalidad supongo que paga, pero cualquier tipejo que tenga primera categoría, me deja dudas, hay mucho irresponsable por ahí

Según el SII solo las instituciones y personas mencionadas están obligadas a retener el 10% y pagarlo ellos.¿y que pasa por ejemplo con los hospitales, ministerio de educación? ¿También entran ahí?

No se si se entiende o está mas enredado que cumpleaños de pulpo, pero básicamente mi duda es quien esta obligado a retener el 10% y a quien le puedo decir que mejor pago yo el impuesto y me ahorro problemas.
Hola
1.-¿y que pasa por ejemplo con los hospitales, ministerio de educación?
Son instituciones publicas con personalidad jurídica, rut etc.................tienen la obligación de retener el 10% declararlo y enterarlo en arcas fiscales.
2.- ¿Y que pasa si no pagan? Tienes que estar atento en cada operación renta, a que emitan el certificado http://www.sii.cl/declaraciones_juradas/suplemento/2019/certif_1.pdf

O sino denunciar, que el tipo se hizo el portugués.
Saludos
 

razordasquad

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24 Octubre 2005
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siempre cobra tu valor hora hombre o servicio mas el 10% siempre, y que la empresa cliente pague ese 10%

si cobras 200.000 la boleta es por 222.222 eso...

aqui una calculadora que uso, rapida y facil.. para sacar el 10 y no equivocarme

http://silogismo.com/bolettta/

saludos
 

Carruña

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26 Enero 2006
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Últimamente no tengo ánimos de andar haciendo cálculos, así que esta pagina me va ser muy útil. gracias.
 

Tuner

Capo
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Pero el cálculo tampoco es física cuántica. Divides el monto que tú quieres "limpio" por 0,9 y te arroja el monto bruto. O sea, si quieres recibir 200 mil la operación es:

200.000 / 0,9 = 222.222
 

Carruña

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Eso también sirve, hasta ahora sacaba el 10% y lo sumaba o restaba según el caso.
 

Dark Zeppelin

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Pero el cálculo tampoco es física cuántica. Divides el monto que tú quieres "limpio" por 0,9 y te arroja el monto bruto. O sea, si quieres recibir 200 mil la operación es:

200.000 / 0,9 = 222.222
Lo que tu quieres recibir se llama liquido, y el bruto es @Pa. .. es el total mas la retención, son los mismo términos de la liquidación de sueldo.
Y el cliente o patrón te dice tengo xxxx lucas para pagar con impuesto incluido, sacas el producto (multiplicas) $xxxx × 0,9 y tienes el liquido a recibir.....si te pagan jajaja

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K3rnelpanic

non serviam
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Que paja usar una página web para algo que puedes hacer en excel en 1 minuto :zippy.
Para el OP, tú decides si emites la boleta en donde el receptor pagará el 10% o no.
El fin de la retención del 10% por parte de la empresa es para tener un "colchon" al momento de realizar el cálculo del impuesto global complementario de 2nda categoría (si es que se sigue llamando así).
 

razordasquad

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Que paja usar una página web para algo que puedes hacer en excel en 1 minuto :zippy.
Para el OP, tú decides si emites la boleta en donde el receptor pagará el 10% o no.
El fin de la retención del 10% por parte de la empresa es para tener un "colchon" al momento de realizar el cálculo del impuesto global complementario de 2nda categoría (si es que se sigue llamando así).

muchos no tenemos ese minuto.. por algo lo recomede
 

clusten

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1 Julio 2007
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muchos no tenemos ese minuto.. por algo lo recomede
Abrir excel, la calculadora o web te tomará el mismo tiempo. Imagino que "el minuto" de vittokoX no era literal.
La diferencia es que la calculadora o excel los controlas tu (no van a ser desinstalados de tu PC de la nada) y en caso de modificaciones en la retención puedes actualizar tu excel (ojo con esto, recuerda que la retención aumentará gradualmente hasta llegar al 17% el 2028). La web puede desaparecer en cualquier momento o no actualizarse a las nuevas retenciones futuras.
 

razordasquad

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Abrir excel, la calculadora o web te tomará el mismo tiempo. Imagino que "el minuto" de vittokoX no era literal.
La diferencia es que la calculadora o excel los controlas tu (no van a ser desinstalados de tu PC de la nada) y en caso de modificaciones en la retención puedes actualizar tu excel (ojo con esto, recuerda que la retención aumentará gradualmente hasta llegar al 17% el 2028). La web puede desaparecer en cualquier momento o no actualizarse a las nuevas retenciones futuras.

apreparar el excel entonces, la soa bachele me cago con la retesiom
 

Amenadiel

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Según el artículo 74 de la ley de renta, las personas jurídicas (y los organismos fiscales) o los particulares que tributan como primera categoría, están obligados a retener el 10%.

El SII no hace ninguna verificación sobre el receptor y te deja emitir sin retención, pero te la debiera objetar en algún momento. Tal vez incluso en la siguiente declaración de renta.

Yo lo que hacía cuando boleteaba era cotizar el monto bruto. Así al emitir la boleta ingresaba ese monto y al emitir el SII lo desglosa.

 

Tuner

Capo
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Retomando un poco el tema, estoy tratando de crear un excel para que me calcule el 10,75% de retención. Actualmente, yo sólo lleno las columnas 1 y 3. Las columnas 4, 5 y 6 se llenan automáticamente. La columna 2 es la clave, y ahí es donde tengo el problema.
En la fila 1 el cálculo que efectúa es sobre la base del 10% de retención actual (cobro 555.555 (bruto) y recibo 500.000 (líquido)
Se supone que a partir de enero, si cobro los mismos 555.555 (bruto) deberé recibir 495.833. Sin embargo, y como se muestra en las filas 2 y 3, no logro llegar a la cifra que necesito poner en la columna 2 para que en la columna 6 me arroje el monto líquido (495.833) según la nueva norma. ¿Alguna ayudita?


upload_2019-12-26_20-11-34.png
 

Archivo adjunto

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Dark Zeppelin

Fundador :yao
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Retomando un poco el tema, estoy tratando de crear un excel para que me calcule el 10,75% de retención. Actualmente, yo sólo lleno las columnas 1 y 3. Las columnas 4, 5 y 6 se llenan automáticamente. La columna 2 es la clave, y ahí es donde tengo el problema.
En la fila 1 el cálculo que efectúa es sobre la base del 10% de retención actual (cobro 555.555 (bruto) y recibo 500.000 (líquido)
Se supone que a partir de enero, si cobro los mismos 555.555 (bruto) deberé recibir 495.833. Sin embargo, y como se muestra en las filas 2 y 3, no logro llegar a la cifra que necesito poner en la columna 2 para que en la columna 6 me arroje el monto líquido (495.833) según la nueva norma. ¿Alguna ayudita?


Ver adjunto 4172
Pero como esta calculando ?. Y estas redondeando los valores?.
El monto a retener se calcula sobre la base imponible o Honorario Bruto, hasta ahora esto se calcula fácilmente multiplicando por 0,1, y el líquido por 0,9 ahora sera 0,1075 o 0,8925 aritmética básica, y si eres tan bruto jajajaja y pactaste un Honorario líquido, calculas rápidamente dividiendo el HSA líquido por 0,9 o 0,8925 .
Si empiezas con condicionales, y otras funciones, con cualquier capa 8 de más se te desconchifla la planilla.
Saludos
 

Tuner

Capo
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21 Agosto 2010
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Ya lo solucioné. Tengo lista mi planilla para empezar a cobrar el 2020.
 
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