Aviso de respuesta larga:
Primero, que el SERNAC diga en la prensa que "es legal porque se le aplica a todos por igual" es un argumento jurídicamente bastante flojo. Aplicarle una arbitrariedad a todo el mundo elimina la discriminación entre clientes, pero no hace que la medida sea legal ni constitucional.
Hay varios problemas de fondo con este sistema:
1. La Constitución y el Código Procesal Penal son claros: a nadie se le puede restringir el libre tránsito ni retener el paso salvo por orden judicial o delito flagrante. Un supermercado es un recinto privado con acceso público, pero no tiene facultades de carabineros o PDI para exigir un "salvoconducto" para permitirte salir. Por otro lado el artículo 15 de la Ley del Consumidor obliga a que los sistemas de seguridad respeten la dignidad de las personas; los tribunales ya ha reiterado que exigir la boleta a la salida es voluntario. Si un guardia no pude prohibirte el paso si no te vio robando, poner una barrera electromecánica para hacer exactamente lo mismo es solo una trampa para saltarse la ley.
2. Por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y las normas técnicas de Bomberos, las vías de circulación y salidas de escape deben permanecer siempre expeditas, continuas y libres de cualquier obstáculo o traba. Poner un torniquete que exige la lectura de un papel que incluso puede estar arrugado o roto en una zona de salida masiva es un peligro caso de terremoto, incendio o estampida. Ningún sistema de evacuación de público general puede depender de una acción mecánica o validación electrónica para dejar salir a la gente.
3. Si la empresa decidió retirar cajeros humanos para abaratar costos operativos e instalar autoservicios, el riesgo de merma o hurto es exclusivamente de ellos. Los tribunales han fallado varias veces que los supermercados no pueden trasladarle sus costos operacionales de seguridad al cliente. Ademas una vez que pagas, la compraventa está terminada y lo que te llevas en la bolsa es tuyo.
En la práctica, ningún cliente está obligado por ley a escanear nada para salir. Si alguien decide no hacerlo, el guardia o asistente está obligado a abrir la barrera de inmediato; de no hacerlo (y sin existir delito flagrante lo que implica llamar a carabineros), caen directamente en una retención ilegal.