Tributaria Cómo es el tema de cotizaciones en caso de independientes?

The illusive man

Cerberus Agent
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27 Febrero 2012
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Querid@s coforer@s, quienes trabajamos como independientes hemos sido "gratamente incorporados" al sistema de previsión chileno, y según las información, a partir del próximo año la renuncia a cotizar ya no será posible. Ahora bien, tengo un conocido que trabaja como independiente, vende diversos artículos y si no me equivoco tiene iniciación de actividades y entrega facturas. Antes estaba en Isapre y tenía contrato, luego lo despidieron y montó su actual negocio. Según me explica, se cambió a FONASA y como requisito le pedían cotizaciones en una AFP. Hizo las averiguaciones, fue a FONASA y le explicaron que podía imponer por el sueldo mínimo y quedaría con cobertura. Así que el ingresó a la página en donde se pagan las cotizaciones (AFP y salud), terminó el trámite y ya está al día.

Quedé un poco sorprendido con lo que me dijo, pues yo tenía entendido que las cotizaciones para este año debían ser con los porcentajes normales tomados del 80% de la renta. Será lo mismo para quienes trabajamos a honorarios?

Me puse a buscar información y me topé con una página que en un extracto dice los siguiente:

"Como los trabajadores independientes no tienen un sueldo fijo, pueden cotizar por el sueldo mínimo o por su sueldo promedio. Por ejemplo, Previsionarte indica que si la persona cotiza por el sueldo mínimo ($193 mil), entonces deberá pagar aproximadamente $26 mil a la AFP, cifra a la que se llega considerando el 10% de ese sueldo para la cotización propiamente tal, más el porcentaje por comisión AFP (que dependerá de la administradora) y el 1,26% correspondiente al seguro de invalidez y sobrevivencia.

Ahora, si quiere cotizar por un sueldo promedio, entonces deberá sumar todo lo ganado (boleteado) el año previo y dividirlo por 12. Este modo es lo más recomendable, según Previsionarte, ya que les permitirá tener una tasa de reemplazo asociada con algo real. Además, si aumentan sus ingresos, lo óptimo es que puedan ir subiendo también el monto que cotizan. Es importante no ver esto como un gasto sino como una inversión."

http://www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_fin.asp?id=1922

Será que por este año existe esa posibilidad? Lo que me extraña es que fue en Fonasa que le dieron el dato y le explicaron los trámites que debía hacer. Les agradecería cualquier información, saludos.

 

EITSAEB

Team Peacemaker Hater
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10 Septiembre 2006
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2 cosas, En el sistema de salud tu cotizas lo que puedes/necesitas. sea AFP o ISAPRE. ( En mi caso la isapre era por 400k, y cuando deje de percibir ese monto la diferencia es una deuda, creo que en Fonasa no es así)

Con la mierda de AFP , NPI pero te aconsejo guardar la plata en un banco con deposito a plazo, si es posible. :senbe
 

The illusive man

Cerberus Agent
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27 Febrero 2012
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2 cosas, En el sistema de salud tu cotizas lo que puedes/necesitas. sea AFP o ISAPRE. ( En mi caso la isapre era por 400k, y cuando deje de percibir ese monto la diferencia es una deuda, creo que en Fonasa no es así)

Con la mierda de AFP , NPI pero te aconsejo guardar la plata en un banco con deposito a plazo, si es posible. :senbe

Muchas gracias por el consejo, tengo mi platita en fondos mutuos y soy bastante bueno para ahorrar (no confundir con amarrete) :lezippy
 

Pescador

Pajarón Viejo
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21 Noviembre 2012
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Eso de "una tasa de reemplazo asociada a algo real" es una soberana mentira y la única idea es sacarte lo más posible.

Cotiza por el mínimo nomás y anótate en Fonasa para aprovechar la modalidad de libre elección, y así te puedes atender en consultas privadas y/o clínicas sin problemas.

No se por qué muchos creen que Fonasa es igual a hospitales públicos y nada más.
 

The illusive man

Cerberus Agent
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27 Febrero 2012
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Eso de "una tasa de reemplazo asociada a algo real" es una soberana mentira y la única idea es sacarte lo más posible.

Cotiza por el mínimo nomás y anótate en Fonasa para aprovechar la modalidad de libre elección, y así te puedes atender en consultas privadas y/o clínicas sin problemas.

No se por qué muchos creen que Fonasa es igual a hospitales públicos y nada más.

Gracias don Pescador, pero es factible eso? Me declaro ignorante en el tema. Si cotizo en AFP por menos de lo que obtengo por medio de mis honorarios, no van a llegar a cobrarme en el futuro el resto? Supongo que esto será factible sólo por este año, pues a contar del próximo van a cortar la cola con la devolución de impuestos (de acuerdo a lo que he leído :zippyu)
 

Pescador

Pajarón Viejo
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21 Noviembre 2012
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Gracias don Pescador, pero es factible eso? Me declaro ignorante en el tema. Si cotizo en AFP por menos de lo que obtengo por medio de mis honorarios, no van a llegar a cobrarme en el futuro el resto? Supongo que esto será factible sólo por este año, pues a contar del próximo van a cortar la cola con la devolución de impuestos (de acuerdo a lo que he leído :zippyu)

Tienes razón....

http://www.previsionsocial.gob.cl/cotizacion-honorarios/pagina1.html

Se me había olvidado que a partir de este año están obligados así que sonaste nomás...

En ese link está toda la info y puedes calcular con cuanto vas a cooperar para engrosar las utilidades de las AFPs.

Ayudándote a sentir estimado colega docente más....
 

nibal2

pajarón nuevo
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Hace dos meses me salí de honorarios así que puedo estar desactualizado (hasta ese momento me informé bastante).

1.- Como honorarios, no puedes afiliarte a FONASA sin cotizar en AFP, pero si puedes estar en ISAPRE sin cotizar en AFP (del proximo año da lo mismo, porque te obligan a cotizar)
2.- Hasta donde sé, estas obligado a cotizar por lo que ganas realmente, osea, si ganas 500, pero cotizas por el mínimo, cuando llegue la devolución de impuestos papi fisco va a calcular cuanto deberías pagar (osea, lo que te falta para llegar a los 500), y te va a decir... "sabe mijo, le debe platita a la AFP, yo te voy a hacer el favor de pagar" y te va a retener lo que debes.
3.- Cuando papi fisco te retenga la plata que malvadamente le robaste a la AFP, lo hará con reajuste.
4.- Papi fisco te va a retener también la plata del seguro de cesantía y de la mutual de seguros, siempre y cuando no hallas cotizado. En caso que hallas cotizado por un monto menor al que deberías, npi que hará, ahí hay un vacío legal. Otro vacío legal, es que si no impusiste, te van a cobrar estos items que nunca tuviste derecho a usar.
5.- Se debe tomar en cuenta que este año (o la operacion renta en abril 2016) debes imponer por el ¿80%? no recuerdo, pero no es el 100%.
6.- Las facturas no entran en este juego, los honorables se asesoraron bien para que los pobres grandes empresarios no tengan que entregar su sucio y vil dinero a las buenas administradores de fondos de pensiones, para que su aberrante cantidad de dinero no ensucie la del resto de los chilenos.

Las facturas tienen un sistema diferente para los impuestos, no me manejo en ese tema, pero esta ley se aplica solo a los trabajadores que dan boleta de honorarios.
 

clusten

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El punto 4, lo de la mutual es injusto, pero lo del seguro de cesantía no. La plata que aportes se va a tu cuenta personal 'y una parte a la solidaria) como cualquier mortal. Cuando estés cesante puedes hacer uso del beneficio.

Discrepo con pescador. En el caso ideal que cotices los 40 años laborales sin lagunas se pueden lograr tasas de reemplazo de 100%. Pasa que ese caso es completamente irreal y si sumamos que varios nunca han cotizado y ya están entrando a los 40 o más, difícil que logren una tasa de reemplazo mayor que al 30%... Los casos de los que están en los 20 y algo o comienzos de los 30 es mandatario que coticen, en ese periodo es donde se forma la mayor parte de la pensión...

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nibal2

pajarón nuevo
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El punto 4, lo de la mutual es injusto, pero lo del seguro de cesantía no. La plata que aportes se va a tu cuenta personal 'y una parte a la solidaria) como cualquier mortal. Cuando estés cesante puedes hacer uso del beneficio.

Si te despiden en diciembre y vas a cobrar el seguro, no van a contar ese año, porque no lo has pagado, pero llegando a abril, te van a cobrar el año anterior completo. Sirve desde el punto que acumulas antigüedad solamente

Te parece justo?
 

clusten

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En abril lo cobras con el finiquito de diciembre...
Sobre si me parece justo, por supuesto, es un beneficio que tiene una parte solidaria... Reclamar por el seguro ya es un egoísmo extremo

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nibal2

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En abril lo cobras con el finiquito de diciembre...
Sobre si me parece justo, por supuesto, es un beneficio que tiene una parte solidaria... Reclamar por el seguro ya es un egoísmo extremo

En mis tiempos era separado el seguro de cesantía (que era solo tu plata) con el seguro de cesantía solidario (aporte estatal, pero limitado si entrabas a trabajar)... Cambió el sistema?

De echo, a mi me dieron a elegir cual quería tomar, por el 2006 mas o menos
 

oscaro35

Ácrata feliz
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18 Junio 2005
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Olvidate de esta wea, si las afp son pico en el ojo pa la población.

Con la salud igual. Aprende a mantenerte sano y no tenis necesidad de médicos culiaos wenos pa cortar cualquier wea que suene a cáncer.

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The illusive man

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Olvidate de esta wea, si las afp son pico en el ojo pa la población.

Con la salud igual. Aprende a mantenerte sano y no tenis necesidad de médicos culiaos wenos pa cortar cualquier wea que suene a cáncer.

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Pienso lo mismo, Afp me importa un rábano, ahorro yo mismo mi plata. El tema de salud es un poco más complejo, puedes cuidarte harto, pero si un accidente u otro imprevisto te pilla sin previsión, agárrate.

Una pena que todo sea negocio en este mundo putrefacto
 

clusten

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En mis tiempos era separado el seguro de cesantía (que era solo tu plata) con el seguro de cesantía solidario (aporte estatal, pero limitado si entrabas a trabajar)... Cambió el sistema?

De echo, a mi me dieron a elegir cual quería tomar, por el 2006 mas o menos
Tiene una parte solidaria y una individual. El monto que percibes se come primero tu parte individual y después recibes un pequeño porcentaje de que es de la parte solidaria.
Igual estamos puro... Los requisitos son tener algún tipo de contrato a plazo, faena o indefinido. Excluye a los independientes..

Las obligaciones de cotizar son AFP por el 100% de la renta, mutualidad, seguro de supervivencia o invalidez. Salud es optativo para cada trabajador hasta 2018, pero si estas y te dan licencia o post natal, quedas cubierto como cualquier mortal.

Me retracto de todo y lo único que no es pico en el ojo es la parte que es voluntaria (salud)
 

nibal2

pajarón nuevo
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Las obligaciones de cotizar son AFP por el 100% de la renta, mutualidad, seguro de supervivencia o invalidez. Salud es optativo para cada trabajador hasta 2018, pero si estas y te dan licencia o post natal, quedas cubierto como cualquier mortal.

Nope, los primeros años son con un porcentaje menor. Este año es el 80%, el próximo sube un poco, creo que en 3 años llegas al 100%.

Igual hay incertidumbre sobre lo que va a pasar aún, hay muchos empleados a honorarios del estado, a diferentes niveles de gobierno, los que con sueldo de honorarios, sin descuentos, tienen un sueldo equivalente o levemente mayor a de los contratas o planta. Todo esto con casi ningún beneficio aparte de recibir tu sueldo a fin de mes. Los honorarios no tienen ( legalmente ) vacaciones, aguinaldos, bonos, gratificaciones, ni similares.
Estos empleados se están organizando, y el próximo año, cuando llegue la operación renta va a quedar la c... porque hay muchos que no están concientes del cambio de reglas, y en vez de recibir platita para la devolución van a tener que pagar la mitad de lo que deberían recibir.

Estos honorarios del estado ( que de partida no deberían estar trabajando como honorarios, sino como planta ) son los que están en contra de las modificaciones que están haciendo ahora, porque están muy mal hechas, y nadie sabe a ciencia cierta como va a ser al final el tema de las cotizaciones.
 
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