Arrendar departamento por primera vez

mata.skt

Embrace Future, Embrace Bitcoin.
Se incorporó
16 Febrero 2020
Mensajes
1.497
Al final ninguna de la corredoras que me dieron el dato se hacía responsable en casos de que no pagasen, así que next.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

Si entregas el departamento en administración, la corredora tiene el incentivo teórico de cobrar la renta, ya que si no pagan ellos no te pueden cobrar la comisión de administración.Si no te pagan,la corredora puede hacerse cargo gratis de algunos tramites legales o de todo el proceso con ciertos cargos a ti.

Si no te pagan y no tienes administradora, el incentivo de cobrar la renta recae 100% en ti.Ahí depende de la personalidad de cada uno,han mostrado reportajes de arrendadores que sacan a balazos a arrendatarios morosos
 

ricm

Se incorporó
28 Agosto 2005
Mensajes
7.536
Me cuelgo de esto ya que todos están hablando del tema.

¿Alguien tiene un contacto abogado que me haga una asesoría?
Un arrendatario me pregunta si puede poner el domicilio como dirección comercial. Yo de primera estoy dispuesto, si uno no puede ser tan culiado para negarle el crecimiento a su pyme pero quiero irme a la segura.
Cuando vayan ese domicilio a embargar por las deudas comerciales te podrias arrepentirr de la buena onda. Mi 2 cents.
 

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.752
Cuando vayan ese domicilio a embargar por las deudas comerciales te podrias arrepentirr de la buena onda. Mi 2 cents.

¿Y qué van a embargar, si los muebles son justamente de ellos?
 

ricm

Se incorporó
28 Agosto 2005
Mensajes
7.536
¿Y qué van a embargar, si los muebles son justamente de ellos?
Imaginate que tu arrendatario A se va, deja la deuda y lo vuelves a arrendar a la pareja B.
Un dia llega el receptor judicial con una orden de trabar embargo sobre el contenido del domicilio. El receptor va a presumir que todo su contenido pertenece al deudor a menos que se pruebe lo contrario. Por ende la pareja B va a tener que lidiar con problemas legales que no le corresponden y la paja de solucionarlos.

¿Cómo sabe el receptor lo que es mío y lo que no lo es?​

Como cualquier otra persona, el receptor judicial nunca podrá saber a ciencia cierta cuáles de las cosas que están en la casa del deudor le pertenecen o no. El receptor presumirá que si ese es su domicilio, las cosas que están dentro son de la propiedad del deudor.
Ahora puedes estar pensando, "ahh pero eso es raro que ocurra." Y si, es raro, pero que paja ser el que justo le paso. A mi jefe le paso en una oficina del centro por una deuda de un weon anterior, y tuvo que hacer tramites lateros para demostrar que las cosas eran de el y no del deudor previo.
 
Última modificación:

Zuljin

Fundador
Miembro del Equipo
Fundador
ADMIN
Se incorporó
15 Enero 2004
Mensajes
11.752
Imaginate que tu arrendatario A se va, deja la deuda y lo vuelves a arrendar a la pareja B.
Un dia llega el receptor judicial con una orden de trabar embargo sobre el contenido del domicilio. El receptor va a presumir que todo su contenido pertenece al deudor a menos que se pruebe lo contrario. Por ende la pareja B va a tener que lidiar con problemas legales que no le corresponden y la paja de solucionarlos.


Ahora puedes estar pensando, "ahh pero eso es raro que ocurra." Y si, es raro, pero que paja ser el que justo le paso. A mi jefe le paso en una oficina del centro por una deuda de un weon anterior, y tuvo que hacer tramites lateros para demostrar que las cosas eran de el y no del deudor previo.

Entiendo que eso se soluciona con una tercería. Por eso invoco a los amigos leguleyos porque como les mencionaba, no quiero truncarles el emprendimiento al socio sólo porque yo tengo miedo de algo que se puede resolver con documentos.
 

Kitsune

Fanático
Se incorporó
5 Mayo 2006
Mensajes
1.029
A mi me vienen las siguientes preguntas con el caso de @Zuljin
le tendrias que modificar el contrato? (porque en las mayoria dice que el uso es habitacional )
y la comunidad del edificio te lo permite? (tener oficinas comerciales)
 

ricm

Se incorporó
28 Agosto 2005
Mensajes
7.536
Entiendo que eso se soluciona con una tercería. Por eso invoco a los amigos leguleyos porque como les mencionaba, no quiero truncarles el emprendimiento al socio sólo porque yo tengo miedo de algo que se puede resolver con documentos.
Si, con una tercería, pero es una preocupación más para tu arrendatario y para ti.
Si no quieres cagarme la onda, dale nomas, sobre todo si es un gallo confiable.
 
Última modificación:

SleeperGT

Capo
Se incorporó
15 Junio 2007
Mensajes
248
Se protocoliza el contrato para darle fecha cierta y una tercería se gana fácil.

Enviado desde mi SM-G998U1 mediante Tapatalk
 
Subir