Hola, consulta: Para la escritura, en qué recomiendan fijarse particularmente? Además de lo lógico de los valores y plazos, más que nada para tener ojo con algunas cláusulas medias raras.
Lo que pasa, es que tengo que ir a firmar y hasta ahora me da vueltas un tema y no sé si es normal, en lo que respecta a la posibilidad de arrendar oficialmente la propiedad...
DECIMO SEXTO: PROHIBICION DE ENAJENAR.
La parte deudora se obliga a no enajenar ni prometer enajenar por venta o por cualesquiera otro título traslaticio de dominio, gravar en cualquier forma, constituir derechos reales o personales de cualesquiera naturaleza en favor de terceros, subdividir, ni arrendar o subarrendar en todo o en parte por escritura pública lo que se hipoteca por este instrumento en favor de SCOTIABANK CHILE, sin consentimiento previo otorgado por escrito por un representante autorizado de SCOTIABANK CHILE, prohibiciones que deberán ser inscritas en el Registro correspondiente conjuntamente con las Hipotecas de que da cuenta esta escritura...
De hecho por culpa de esa clausula se caen muchas ventas de deptos usados.Se demoran un kilo en alzar esa prohibición.